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enviado por Mónica Tapia - Última actualización: Dic 31 1969

La información ambiental es pública, acorde a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia


Como resultado de los amparos iniciados por Fundar y concluidos por Litiga OLE, y a partir de una causa generada en Alternativas.

En agosto pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la última de cuatro sentencias que garantizan el respeto al derecho a la información medio ambiental de las personas. Varias organizaciones, funcionarios y el propio Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) nos congratulamos de esta decisión, al haber participado de esta incidencia en política pública. Estas sentencias sientan las bases para que todas las personas gocen del acceso a la información en temas ambientales, protegiendo también el secreto industrial de las empresas.

Estas sentencias provienen de una solicitud de información generada desde Alternativas ante la PROFEPA en 2006, al analizar la transparencia y carácter público de las certificaciones sobre Responsabilidad Social Empresarial (RSE) en nuestro país. La solicitud se hizo para conocer la auditoría ambiental de las empresas Dupont y Peñoles que justificaba el certificado público de “Industria Limpia”.

PROFEPA contestó que ese tipo de información era reservada y confidencial. De manera comparativa, la información de otras certificaciones otorgadas por el gobierno era pública, mientras que el distintivo de Cemefi de “Empresa Socialmente Responsable” era confidencial.
Dado que “Industria Limpia” es un certificado que indica que la empresa cumple con la ley ambiental, Alternativas buscó el apoyo de Fundar (organización que defiende los derechos para lograr una democracia sustantiva por medio de la incidencia y el monitoreo de políticas públicas), para defender el derecho a ésta información.
Fundar trabajó en recursos de revisión para el IFAI ante las respuestas de PROFEPA. Las empresas fueron consideradas como “terceras interesadas”. El IFAI, empezó a pronunciarse en el sentido de que la información sería reservada, al considerarla secreto industrial. Ante ello, tanto las empresas como Fundar se ampararon frente a estas resoluciones del IFAI, recurriendo al Poder Judicial Federal para dirimir estas controversias. Fundar buscaba transparentar la información pública y las empresas, proteger su secreto industrial.

A finales de 2007, se comenzó a solicitar que la Suprema Corte atrajera los casos, lo cual sucedió entre 2008 y 2009. Los juicios de amparo llevados desde un inicio por Graciela Rodríguez Manzo y Luis Miguel Cano, integrantes de Fundar en esa época y quienes actualmente dirigen Litiga (Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos), tuvieron como objetivo principal obtener precedentes judiciales que reconocieran el derecho a la información medio ambiental y que garantizaran el carácter público de ese tipo de información. De modo que tener acceso a ella contribuya al ejercicio efectivo del derecho a la participación en la conducción de asuntos públicos, y posibilite la defensa de un entorno saludable.

A partir de julio de 2009 ambas Salas de la Suprema Corte han tenido la oportunidad de pronunciarse a favor del derecho a la información medio ambiental. A su vez se abre el camino para asegurar el derecho a un medio ambiente adecuado y saludable, sin olvidar la protección de los secretos industriales que las auditorías ambientales contengan. Lo anterior ha propiciado que el IFAI modificara sus resoluciones originales para equilibrar estos derechos y ordenara a la PROFEPA entregar una versión pública de los expedientes de los diversos certificados solicitados.

Este certificado ambiental de “Industria Limpia” es el más antiguo y difundido en México; existe desde 1992 y en 2010 hay poco más de 2,000 plantas certificadas. Es probable que PROFEPA, para dar un mejor cumplimiento a potenciales solicitudes por parte de ciudadanos, deba reorganizar sus procesos de auditoría, para que la información ambiental sea pública y el secreto industrial sea reservado.

Esta causa de incidencia utilizó las estrategias de la investigación, el acceso a la información y el litigio estratégico, junto con el conocimiento técnico de organizaciones y personas en sus respectivas áreas de especialización. Las sentencias son un gran triunfo también como precedente para garantizar los derechos ciudadanos y colectivos al medio ambiente. Esperamos que muchas organizaciones y ciudadanos ejerzan este derecho a saber sobre su medio ambiente. Esperamos también que las empresas cumplan con su obligación de hacer pública y auditable su cumplimiento de la ley ambiental.


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